Régimen de Visitas
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Régimen de Visitas
¿A qué nos referimos con Régimen de Visitas?
O conocida como “Relación Directa y Regular”, corresponde a la situación cuando uno de los padres no tiene el cuidado personal del hijo, tendrá el derecho y el deber de mantener con él una relación directa y regular, la que se ejercerá con la frecuencia y libertad acordada directamente con quien lo tiene a su cuidado. Busca mantener el vínculo entre el padre o madre que no tiene el cuidado personal y el hijo, a través del contacto periódico y estable.
El padre o madre que ejerza el cuidado personal del hijo no obstaculizará el régimen de relación directa y regular que se establezca a favor del otro padre.
Cuando el juez atribuya el cuidado personal del hijo a uno de los padres, deberá establecer, de oficio o a petición de una o ambas partes, en la misma sentencia, la frecuencia y libertad con que el otro padre o madre mantendrá una relación directa y regular con los hijos, considerando su interés superior.

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